En el marco del artículo 3 de la resolución 01 de la J.E., se define «Cerrar el Padrón electoral el día 23 de junio del 2021 a los fines de definir los y las matriculados/as las condiciones tanto para ser elegidos/as como para votar, tal como lo fija la Ley 10412 y los artículos 2° y 9° del Anexo del Reglamento aprobado por Resolución N° 033 de Asamblea Extraordinaria de fecha 28 de septiembre de 2019: estar al día con la cuota societaria y con matricula vigente.
A partir del 15 de junio del 2021, el Padrón provisorio estará a disposición para la revisión. El Padrón definitivo estará a disposición de los matriculados a partir del 25 de junio»‘.