Declaración Federal de Principios éticos de Trabajo Social

FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE SERVICIO SOCIAL

PREFACIO

En la Provincia de Córdoba, durante los días 9, 10 y 11 de noviembre del 2023, en el marco del XXX Congreso Nacional de Trabajo Social y el VI Encuentro Latinoamericano de Trabajo Social, se presenta la siguiente declaración, que es parte de una construcción colectiva generada en el ámbito de la Comisión de Ética de la F.A.A.P.S.S. Esta Comisión, compuesta por representantes de los 25 Consejos/Colegios Profesionales tiene como misión asesorar en cuestiones éticas/ políticas de la profesión, elaborar lineamientos básicos de alcance nacional y difundir documentación sobre la temática, tal como consta en el Art. 52 del Estatuto de esta Federación.

Con este fin, la Comisión realiza declaraciones, participa en Congresos y produce informes relativos a las problemáticas complejas emergentes de nuestra práctica profesional, desde la perspectiva de los valores y derechos humanos.

Los cambios producidos en nuestra sociedad cada vez más complejos, los nuevos derechos adquiridos y las legislaciones y convenciones internacionales, nacionales y regionales, centradas en estos derechos, propició el consenso acerca de la necesidad de revisar y actualizar las leyes y los códigos de ética de las organizaciones profesionales del país.

En principio se consideró la posibilidad de diseñar un Código de Ética Federal, pero con el transcurso de los encuentros, debates y atendiendo a las condiciones territoriales de nuestro país, se acordó en su reemplazo, la realización de una “DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS FEDERALES” que sirvan de referencia / guía para la actualización de los códigos provinciales, así como para la intervención profesional.

Este documento que sin lugar a dudas apuesta a una ética que oriente la práctica y busque en esencia responder a por qué realizamos las prácticas que realizamos, contribuirá a configurar profesionales críticos y contextualizados en los espacios laborales en donde les toque desenvolverse; a incentivar permanentemente a una vida institucional cada vez más democrática e inclusiva y a conseguir intervenciones revisadas y argumentada.

La asamblea de la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social

Adhiere a:

  • Las declaraciones y convenciones internacionales de Derechos Humanos aceptadas por la comunidad internacional. Declaración Universal de Derechos Humanos – Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos – Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales – Convención para la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial – Convención para la eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres – Convención sobre los Derechos del Niño – Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Declaración de las Naciones Unidas, sobre Pueblos Indígenas y Tribales- Convenio 190 de la OIT – Principios Yogyakarta – Principios de la FITS Federación Internacional de Trabajo Social .
  • La Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores- Principios Éticos y Políticos para las Organizaciones Profesionales del Trabajo Social del Mercosur- Año 2000-.
  • La Constitución Nacional de la República Argentina – Leyes Nacionales referidas a los DDHH -Ley Federal de Trabajo Social N° 27072.

Y retoma los documentos elaborados por la Comisión de Ética de la FAAPSS:

  • Propuesta de Argentina, para los nuevos Principios éticos del Trabajo Social FITS. Noviembre del 2017.
  • Lineamientos básicos éticos – políticos. Catamarca Primera Edición 29/06/2014. Revisado y actualizado en Mendoza el 28/11/2015.
  • Registro Profesional y Nuevas Tecnologías. Año 2018.
  • Actualización y la formación profesional como imperativo ético-político. Agosto del 2018.
  • Responsabilidad ética en la intervención profesional y las condiciones laborales. Agosto del 2018.

Considerando que:

Los cambios suscitados socialmente, sumados a los rápidos adelantos en la ciencia y la tecnología, que tuvieron un gran impacto durante la pandemia de Covid19, especialmente en la etapa de ASPO (aislamiento social preventivo obligatorio) y DISPO (distanciamiento social preventivo obligatorio), modificaron no sólo la vida de las personas, sino también la forma de vivirla.

Y que:

Esta disrupción global genera que la salvaguarda de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) requiera de la garantía de los Derechos Civiles y Políticos, e implica una clara opción por la justicia social que debe ser reforzada para atender a las personas y grupos vulnerados, cuya desigualdad se puso aún más en evidencia durante la pandemia.

Conociendo que:

Los factores históricos, socioeconómicos, culturales, geográficos, políticos y personales interconectados, sirven como oportunidades y/o barreras para el bienestar y el desarrollo humano. Y que el Trabajo Social se ve impulsado por la necesidad de cuestionar las condiciones estructurales que contribuyen a la marginación, la exclusión social y la opresión;

Convencidas/os/es que:

En el marco de los 40 años de la Democracia, nos encontramos a nivel mundial, con un importante avance de las derechas fascistas, con programas de gobiernos dirigidos a erradicar y limitar los derechos adquiridos a partir de las luchas de las/os/es diferentes actores, y de la consecución de legislaciones que los avalan. Así como diferentes conflictos bélicos que ponen en riesgo a la humanidad, generando un retroceso en los acuerdos de paz internacionales.

Es el Estado el garante ineludible de la protección de los DDHH y del diseño, evaluación y ejecución de la Política Pública, en tal sentido.

Advirtiendo;

El avance de las derechas fascistas y neo-fascistas, que se evidencian en nuestro país y a escala mundial, con la aparición de discursos de odio que buscan cancelar e incluso acabar con el adversario político, poniendo en peligro los acuerdos democráticos, las políticas en favor de los sectores históricamente marginados y sometidos a la pobreza persistente.

Y el paradigma de los DDHH, reconocido en todo el mundo por la tarea llevada a cabo entre otras/os/es por las Abuelas y las Madres de la Plaza de Mayo, Movimientos de DDHH, así como por la importancia y trascendencia que han tenido los juicios a las Juntas Militares.

Se presenta como un gran desafío:

  • el posicionamiento ético y político que adoptemos ante el avasallamiento de los derechos, y a cómo vamos a habitar las instituciones en las que nos desempeñamos.
  • las condiciones laborales actuales caracterizadas por altos índices de precarización, inestabilidad laboral y pluriempleo, que tensionan y condicionan la intervención profesional.
  • la ampliación de la autonomía profesional, emanada de los marcos reguladores de la profesión que, si bien es de titularidad individual, se construye colectivamente; contribuyendo como colectivo profesional a la democratización de las acciones, así como de las instituciones. Actuando con responsabilidad ética.

Entendiendo que:

La responsabilidad ética se ejerce a partir del conocimiento y reflexión sobre las condiciones reales en que las personas desarrollan su existencia, y por lo tanto en las que las/os/es trabajadores sociales, desenvolvemos nuestro accionar.

Asumiendo que:

La ética, es ineludible a la práctica profesional, contempla además de lo instrumental y lo teórico – metodológico, el posicionamiento ético político, que reconoce su propio atravesamiento histórico social, pero, además, las intersecciones existentes en las situaciones sobre las que trabajamos.

Atendiendo que:

Las interacciones que se dan en nuestro quehacer profesional, el Estado, las instituciones, las/os/es sujetas/os/es de la intervención, impactan en la vida cotidiana de las personas y de las/os/es profesionales.

Teniendo presente que:

El conocimiento es situado, y que esta aseveración es inmanente en nuestra profesión, puesto que la intervención profesional, se da en un tiempo, forma y territorio, que pueden modificarse según las necesidades, los conocimientos previos, los intereses y los recursos, tanto de la población sujeta de la intervención, así como de las/os/es profesionales.

Reivindicamos como colectivo profesional:

La ética como una construcción situada, un espacio de reafirmación de la libertad que guía, conduce, escucha y acompaña, y como expresión de una conciencia histórica orientada a promover procesos emancipatorios de nuestros pueblos.

Concluyendo que:

Se trata de una perspectiva ética atravesada por multiplicidad de aconteceres, que implica criterios de responsabilidad, transparencia, pluralidad, diversidad, razonabilidad y otros por identificar, que deben servir para definir métodos de análisis y alternativas éticas aplicables a los conflictos, dilemas y problemas éticos de la época.

PROCLAMA LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS Y APRUEBA LA PRESENTE DECLARACIÓN:

DISPOSICIONES GENERALES:

Artículo 1 – ALCANCE

  1. Los estados Provinciales / Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina.
  2. Colectivo profesional que se desempeña en instituciones, públicas, privadas y mixtas.
  3. Profesionales autónomas/os/es
  4. Colegios, Consejos Profesionales y Academia
  5. Todas las áreas y campos profesionales del Trabajo Social.

Artículo 2 – OBJETIVOS

a.- Generar un marco federal de principios que sirva de referencia y consulta a los Colegios Profesionales, en la formulación y modificación de sus Códigos de Ética, así como en el aporte que puedan sustanciarse en las políticas sociales.

b.- Reafirmar los principios fundamentales de justicia social, derechos humanos, ambientales, responsabilidad colectiva, y respeto a la diversidad.

c.- Fomentar el diálogo multidisciplinar/interdisciplinar/transdisciplinar sobre las cuestiones éticas, en investigación, formación e intervención profesional.

ARTICULO 3 – PRINCIPIOS

Basados en los valores de emancipación humana, libertad, justicia social, solidaridad y participación, defendemos con firmeza los siguientes principios:

A. El reconocimiento de la dignidad inherente al ser humano y la promoción de los derechos humanos y ambientales.

  1. El respeto inherente al valor y la dignidad de la vida humana, de todas las personas y de los derechos individuales y sociales que se derivan de los mismos, sin discriminar ni estigmatizar en razón de nacionalidad, religión, etnia, edad, condición social, económica, ideológica, identidad de género o diversidad sexo genérica, condición de salud, de sujetos individuales y colectivos con los que intervenga.
  2. La promoción de los Derechos Humanos y Ambientales, así como la emancipación de los/as/es sujetas/os/es sociales; apoyando y defendiendo las diversidades, la autonomía, la integridad y el bienestar físico, psicológico, emocional y espiritual de cada persona y el rechazo a toda forma de violencia.
  3. El ejercicio del pleno derecho de las personas, respetando la autodeterminación, el derecho a decidir y elegir alternativas de solución a sus problemáticas, promoviendo el desarrollo de las potencialidades, la participación y la solidaridad.
  4. El respeto a la privacidad e intimidad de las/os/es sujetas/os/es de la intervención profesional, enmarcado en la obligación de confidencialidad y uso responsable de la información, excepto en aquellas situaciones que generan vulneración de derechos protegidos por ley.
  5. La reivindicación de los derechos de toda la población, y el fortalecimiento de las intervenciones profesionales desde el paradigma de Promoción y Protección integral de Derechos, contemplando tal como lo exige la normativa el interés superior de las infancias y las adolescencias.

B. La defensa de la democracia y la justicia social.

  1. La consolidación de la democracia en cuanto constitutiva del Estado en el sistema Republicano y en los distintos ámbitos de la intervención profesional.
  2. La defensa y ampliación del acceso a derechos civiles, sociales, económicos, culturales y políticos, propiciando la asunción de la responsabilidad colectiva y la importancia de crear relaciones de reciprocidad en las comunidades y con el ambiente, como aporte a la consolidación de la Democracia y la Justicia Social
  3. La visibilización de las diferentes problemáticas sociales expresando y pronunciando públicamente la posición ética y política, como colectivo profesional en las situaciones de inequidad y desigualdad de la población.
  4. El aporte, desde las incumbencias profesionales, a la legislación, formulación y ejecución de políticas sociales, que permitan la efectivización y accesibilidad de DDHH, y generen procesos de participación colectiva de todos/as/es actores involucrados, para dar respuestas a las manifestaciones de la Cuestión Social.

C. El fortalecimiento de la integridad profesional.

  1. El cumplimiento, a través de los órganos colegiados, de la normativa vigente que regula el ejercicio de la profesión.
  2. Desarrollo de intervenciones en el marco de las incumbencias profesionales establecidas por Ley 27072.
  3. La actualización y formación profesional continua, para posibilitar una práctica competente tanto en el aspecto teórico-metodológico, como instrumental, ético y político, que garantice la calidad de los servicios prestados.
  4. La obligatoriedad de negarse a realizar prácticas violatorias a los derechos humanos, contrarias a lo establecido en los códigos de ética profesional o que no se vinculen con las competencias profesionales.
  5. La garantía del pluralismo, a través del respeto a las corrientes teóricas y políticas, democráticas existentes en el ámbito de la profesión.
  6. La implementación de espacios de supervisión y re-trabajo de la práctica que acoten el sesgo de interferencias o efectos perjudiciales hacia y/o sobre las/os/es sujetas/os/es de la intervención, para lograr una práctica realizada con fundamentos éticos – teóricos y compromiso profesional.
  7. La responsabilidad de cuidar de sí mismos/as/es, profesional y personalmente, disponiendo y exigiendo distintos recursos para preservar la integridad psicofísica; lo cual contribuirá a la calidad de la práctica profesional.
  8. La reivindicación del derecho a períodos de recuperación y cuidado cuando el ejercicio profesional implique procesos de desgaste o afecten la salud física o mental de las/os/es trabajadores sociales con reconocimiento institucional.
  9. La participación en asambleas, congresos, reuniones y eventos en representación del colectivo profesional con justificación institucional.
  10. La reivindicación de condiciones dignas y adecuadas de trabajo en el ejercicio profesional (remuneración, seguridad social, ambiente laboral incumbencias, funciones, supervisión) y respeto a la autonomía técnico profesional.
  11. El desarrollo de funciones de representatividad colegiada y/o federada (FAAPSS, FAUATS, FITS), y de otras que fueren delegadas por parte del colectivo profesional, con la debida responsabilidad y respeto a encuadres institucionales, transparencia de procedimientos y mecanismos de decisión democrática.
  12. El respeto por las normas, marcos teóricos y prácticas de otras profesiones, y la exigencia de reciprocidad hacia el Trabajo Social.
  13. El derecho y la obligación de denunciar toda situación que vulnere los principios éticos, tanto sea desde la práctica profesional o desde la realidad social.
  14. La promoción de espacios de debate ético entre Trabajadores Sociales y con otras disciplinas, con el compromiso de generar prácticas profesionales e interdisciplinarias fundadas éticamente.
  15. La responsabilidad de profundizar el conocimiento y habilidades necesarias, en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación social, las herramientas de la virtualidad y las redes sociales, para evitar el riesgo de amenazas a la privacidad y confidencialidad de la población de la intervención y de las/os/es propios profesionales.
  16. El sostenimiento del secreto profesional, tanto en ese espacio físico como en el resguardo con rigurosidad la documentación, registros e informes que involucren la intimidad y privacidad de las/os/es sujetas/os/es de la intervención.
  17. La responsabilidad de discernir y relevar el secreto profesional cuando se trata de actuaciones que atentan contra los derechos de las personas protegidas por ley.

Artículo 4 – RECOMENDACIONES:

La importancia de revisión permanente de esta declaración de principios, exige:

  • Su actualización y ampliación en función de la emergencia de nuevas/os/es actores y el surgimiento de problemas de nuevo orden.
  • La formación e incorporación en las Unidades Académicas de espacios específicos de debate y reflexión sobre la ética profesional, así como la transversalización de lo ético en toda la curricula.
  • Creación y consolidación de observatorios sobre problemas y dilemas éticos y DDHH.
  • Asesoramiento y apoyo de la Comisión de ética de la FAAPSS, a la tarea de los Colegios Profesionales sobre dilemas éticos.
  • Sistematización de espacios de acompañamiento por parte de los Tribunales de Disciplina, Comités de Ética y Consejos Deontológicos a les colegas sobre interrogantes éticos de la propia práctica.